Dos Juzgados en provincia de Buenos Aires usan el Índice de crianza para cuotas provisorias desde que se publicó. Además implementan medidas como la inscripción al Veraz y otras sanciones contra los deudores alimentarios. Charlamos con el Juez a cargo, sobre el estado del sistema judicial, sobre medidas innovadoras, la importancia de la Ley Micaela y la perspectiva de género, la problemática de la especialidad y las demandas por alimentos como uno de los principales reclamos que llegan a diario.
Los juzgados de Daireaux y General La Madrid están a cargo de Javier Heredia. Ambas localidades están a unos 370 km de distancia de CABA y cuentan con Juzgado de Paz, como otros 108 distritos de los 135 que tiene la provincia de Buenos Aires.
Al ser multi- fueros estos juzgados, convergen en ellos materias y competencias con procesos y principios totalmente antagónicos muchas veces. Por momentos deben juzgar apelaciones en grado de faltas municipales, temas de Familia, Derecho Civil y Comercial, Consumo y así es cada vez más amplia la competencia que deben cubrir.
Si bien el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación desde 2015 (en su art. 706 inciso b) exige la especialidad para los operadores judiciales de Familia, lo cierto es que en la realidad esto no se cumple porque aquellos que ingresaron antes de ésa reforma no tenían el requisito exigible. Eso no significa que no deban actuar o proceder conforme. El apoyo multidisciplinario de los equipos técnicos también es importante pero termina siendo simbólico porque incluso muchos Juzgados no tienen equipos técnicos asignados, algunos están en ese proceso pero lo cierto es que hoy no es un sistema completo y esto representa un problema para los temas de Familia.
“Hay proyectos legislativos recientes donde se intenta ampliar a muchas temáticas más, al contrario de cómo va la evolución del Derecho que es hacia la especialidad, para ir dedicándonos más profundamente hacia un tema. La Especialidad requiere capacitaciones varias. Pero hay un límite porque no podemos ser juez de todo y de todos los temas, el único organismo comparable a esto es la Corte provincial y no tenemos sus recursos ni cerca.”- explica Javier Heredia.
Javier se recibió de Abogado en el 2003, comenzó ejerciendo en el ámbito privado, en 2011 queda vacante el juzgado de Paz de Daireaux y se presenta. Se formó en mediación y la ejerció cuando surgió la mediación obligatoria en la provincia de Buenos Aires y esa base le dio herramientas para el ejercicio de la profesión y el rol que ejerce hoy en ambos Juzgados, Daireaux y La Madrid.
─Los juzgados de Paz atienden todos los temas y se ven desbordados, es por ello que algunos jueces y juezas dicen no poder ahondar o especializarse y aplicar buenas medidas por ejemplo en los casos de violencias. ¿Esto es justificativo?
Es cierto que tenemos a los operadores resolviendo una sucesión, a los 10 minutos un tema de violencia de género, luego un amparo electoral y en 20 minutos un cobro ejecutivo. Es complejo sobre todo si tenés poco personal, sin especialidades y Secretarías. Hay que ponerse la capa de Juez de cada tema, pero no es excusa ni obstáculo para repensar nuestras prácticas, en aras de buscar la tutela judicial efectiva, en aras de darnos cuenta y ser autocríticos con lo que venimos haciendo a diario repetitivamente, para poder re pensar otras estrategias ante los mismos problemas que no dan resultados. Lo que tenemos que buscar son otras estrategias para que nuestras resoluciones se cumplan, con todo lo complejo que eso significa.
Se dice que el requisito de la Especialidad en Familia estaría cumplido porque, en los exámenes para ingresar como Juez de Paz, se pregunta sobre estos temas pero no es siempre así.
─¿De todo lo que atiende como Juez de Paz, cuanto representa Familia?
Es el mayor grado de porcentaje. Las estadísticas de los juzgados son públicas, en el sitio web de la Corte se pueden ver. Familia tiene el porcentaje de Violencias medido aparte. Violencias abarca entre un 30 al 60 % de acuerdo a los juzgados.
─¿Está capacitado en Ley Micaela? ¿Cómo ve la perspectiva en el poder judicial?
Me capacito permanentemente por una cuestión de impronta personal porque me gusta la eficacia y creo que lo necesito como operador de la justicia, sobre todo en perspectiva de género. No hubiese necesitado que me obliguen a capacitarme en Ley Micaela porque lo hubiera elegido. La Ley Micaela es más que necesaria y es obligatoria en los tres poderes del Estado. Un proceso que ya comenzó en el poder judicial, lento pero va. Incluso ahora se aprobó una normativa nueva que genera una modificación en los haberes de funcionarixs y magistradxs del poder judicial, que están ligados a la capacitación anual. Es decir, hay beneficios que no percibís si no cumplís con los requisitos de capacitarte.
O sea, la Corte ha comenzado un proceso de capacitaciones continuo, en todos los fueros hay variedad de ofertas e incluso hoy, para ingresar al poder judicial o ascender, se exige esta capacitación Micaela.
─¿Es importante sólo en el ámbito de Familia o en todos los fueros?
Se asocia generalmente a lo que es Familia pero la perspectiva de género atraviesa a todos los fueros, es necesario juzgar todos los casos con perspectiva. Hay violencia en familia pero también en el ámbito laboral, en la administración pública, en el ámbito penal. Por ejemplo recientemente sacamos una sentencia, que estamos esperando el proceso de apelación, donde juzgamos con perspectiva de género un cobro ejecutivo. En este caso se trataba de la ejecución de un contrato entre dos socixs, un reconocimiento de una deuda donde medió violencia de género incluso con medidas cautelares, y hay un proceso de cobro de ése dinero donde entendimos que se estaba ejerciendo violencia económica también.
─¿Reflejo de la desigualdad estructural que vivimos en todos los ámbitos?
Claro. Por ello se vuelve imprescindible la Ley Micaela.
─¿Cuánto es el porcentaje de demandas por incumplimiento de la obligación alimentaria?
En Daireaux, una población de 20 mil habitantes, recibimos promedio una demanda por día. Todos los días hay demandas.
─¿Se ve la cuestión de género?
El 99 % de las demandas son de mujeres madres hacia hombres. No sé si llega a entrar un caso por año donde sea el hombre quien reclame o tenga el cuidado mayoritario de hijos e hijas. Tenemos algunos casos de hombres que se presentan como actores a determinar la cuota alimentaria.
─El índice de Crianza. ¿Es una herramienta útil para jueces y juezas?
Es muy importante y muy buena herramienta como piso mínimo, básico y de arranque, no sólo en las sentencias de cuotas sino también de alimentos provisorios. De hecho es tan reciente el índice que lo usamos en cuotas provisorias.
─Una pregunta recurrente que hacen las madres que luchan por incumplimiento es: ¿El valor del Índice se estipula completo en la demanda o a la mitad, es decir 50 y 50?
Nosotros lo aplicamos en su totalidad en alimentos provisorios. En este caso es un incidente de aumento de cuota alimentaria, no es la demanda inicial, porque tuvimos un proceso previo donde ya se acreditaron ciertas cuestiones como, por ejemplo, que la madre es la que se dedica al cuidado exclusivo del hijo o hija. Entonces parto de la certeza de que el progenitor no cuida, entonces estoy en condiciones de aplicar el 100 % de la canasta.
─¿Hay casos en los que se podría aplicar mitad y mitad?
Cada caso es distinto y debe evaluarse pero lo que es importante decir es que este instrumento no tiene esa finalidad justamente, es una canasta básica que se hizo en función de la mayoría de las madres que crían solas y ésa es la realidad.
─¿Y qué decir respecto al tema de que es sólo un “piso”? ¿Y todos los demás gastos de hijos e hijas?
Hay que hablar de la historia y del porqué nace ésto. Todos los problemas acá se tratan de las “pruebas”. Es decir, antes debías probar cuánto gastas en alimentos, luz, gas, actividades extraescolares, patín, arte, fútbol, etc. Al no tener información básica estandarizada de todo eso, generaba un sinfín de problemas probatorios. Ahora tenemos la ventaja del índice de Crianza. Yo, antes de este índice usaba la canasta básica total. Ahora arranco con este piso mínimo que le agrega las horas de cuidado. Y sabemos que no alcanza porque es un piso mínimo pero tenemos de dónde empezar, sin necesidad de tanta prueba probatoria.
─El índice se quedó corto con lxs adolescentes ¿Cómo estipula, en su juzgado, de los 12 años para arriba?
Uso la canasta básica como piso mínimo. Si tengo un bebé, uso el índice de crianza y si pasa los 12 años, uso la canasta pero como pisos mínimos porque debajo de eso hablamos de indigencia. Luego hay que ir para arriba.
─Una sanción innovadora suya fue inscribir un deudor alimentario en el Veraz. ¿Otras?
Si, ya está inscripto, emitimos la resolución al Banco Central. El artículo 553 del Código nos respalda. Pero no es la única sanción que aplicamos en mis dos equipos de trabajo, de Daireaux y General La Madrid. Nosotros entendemos que no pagar la cuota es un caso claro de violencia económica hacia la mujer y los hijos/as, así que aplicamos no solo estas medidas innovadoras de sanción sino también las sanciones de violencia familiar y de género.
─¿Por ejemplo?
El secuestro del carnet de conducir, la prohibición de manejar vehículos, les ordenamos realizar tareas comunitarias, participación obligatoria en talleres de masculinidad para hombres incumplidores de cuota alimentaria.
─¿Qué pasa en el fuero penal que desconocen leyes que ya existen entorno al delito de “incumplimiento de los deberes de asistencia familiar como la 13.944?
Es cierto que no hay respuestas, ahí hay que dar una gran batalla porque no resuelven con perspectiva de género ni siquiera para las desobediencias por violencia de género. Estos delitos de alimentos no son prioridad ni para el Ministerio Público ni para el fuero penal y eso hay que cambiarlo.
─Pedimos la Reforma judicial feminista. ¿Qué más podemos hacer?
Es complejo pero exige reuniones con áreas de gobierno y sociedad civil, que se nucleen para juntar el reclamo que es lo que ustedes están haciendo. Leyes tenemos, sin embargo hace falta la capacitación y el estímulo en el ámbito del poder judicial. Hay que salir de los escritorios judiciales, reunirse con todas ustedes y no tenerle miedo a las reuniones inter – poderes que son necesarias para poder mejorar la práctica judicial. Por ejemplo, esta idea del Veraz surgió luego de una reunión así.
─¿Qué mensaje puede enviar, como Juez y hombre, a las mujeres que litigan hace años y obtienen cuotas miserables e indignas?
Que no aflojen, sigan peleando por todo.
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Ley 13.944 vigente desde el año 1950: INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE ASISTENCIA FAMILIAR
https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-13944-129755