La problemática en Argentina es enorme. En este artículo, compartimos la voz de Claudia Hasanbegovich, abogada, doctora en Políticas Sociales y master en Género.
Ya sabemos que desde el lenguaje, constructo social, hasta la organización social y material de la vida, el modo de relacionarnos y pensar el mundo, todo fue concebido desde una mirada antropocéntrica. El hombre ha utilizado su poder, a través de la posesión del dinero, para perpetuar sus privilegios y relegar a la mujer a las tareas de la vida doméstica, asignándole roles del espacio “privado”, con base en una “división social” del trabajo que se sustentaba en una “división sexual” del trabajo. Este sistema subsiste aún, en pleno siglo XXI, y el éxito de su reproducción lo debe a su cualidad de imperceptible.
Dicen Lanari y Hasanbegovich en “Mujeres de Latinoamérica- El presente en veintidós letras”(2015): “El No Pago de Alimentos para los(as) hijos(as) (NPA) es un fenómeno extendido y frecuente tanto en la sociedad argentina como en el resto de nuestra región, realizado por los padres no convivientes, y sancionado por numerosas legislaciones de América Latina que lo conciben como una de las formas de la violencia de género: violencia económica y patrimonial que afecta a las familias monomarentales”.
Claudia Hasanbegovic es especialista en leyes y en conocimientos sobre este tipo de violencia económica contra las mujeres y lxs hijxs. Tiene obras escritas en forma colectiva, como la citada, donde además de sus aportes en materia de Derecho nacional e internacional, complementa su experticia con investigación antropológica. Ha escrito innumerables artículos académicos sobre el NPA (No pago de alimentos), podría afirmarse que es la especialista que más conoce la temática en Argentina.
En este artículo que compartimos, revela la mirada patriarcal que subsiste en la sociedad y el Estado, como principal cómplice de tanta violencia y vulneración de derechos.
“La vulnerabilidad económica es un aspecto central de la dominación patriarcal sobre las mujeres, que junto con la constante y sutil construcción social de una minusvalía en su autoestima las prepara para ser “las víctimas adecuadas” de las violencias de género.
El Seguro de Capacitación y Empleo del Ministerio de Trabajo de la Nación incorpora a las mujeres víctimas de violencia de género y, seguramente, ayudará a muchas que quedan como jefas de hogares monomarentales después de la separación a insertarse laboralmente, alimentar a su prole y no morir en el intento. Los subsidios son fundamentales para ayudar a las sobrevivientes y sus hij@s a rehacer su vida e independizarse económicamente de quien les agredió, y así el Estado cumple con parte de sus obligaciones para con sus ciudadanas.
Sin embargo, el Estado también debe ocuparse de perseguir a los agresores, aquellos padres que una vez separados no pasan alimentos para manipular a sus ex parejas y castigarlas por haberlos dejado. Este es un mal grave, invisibilizado y documentado en todo el mundo. Se trata, nuevamente, del patriarcado, donde los agresores son invisibles y, por lo general, resultan impunes. En la prostitución los “proxenetas/clientes” son caballeros anónimos, en el debate sobre el aborto toda la atención está en las mujeres y no se menciona a los violadores que embarazaron a niñas de 10 a 15 años. Los varones violentos que intencionalmente tratan de provocar abortos están invisibles en el Código Penal, en los discursos pro-vida y eclesiásticos. En la violencia en la pareja también el acento está puesto en la mujer: ella debe denunciar, seguir un tratamiento, notificar la orden de no acercamiento.
En el Seguro de Capacitación y Empleo la mujer también tiene que denunciar a su agresor como requisito para poder recibirlo. La violencia patrimonial por falta de pago de alimentos causa pobreza a las familias monomarentales. Por ello es necesario que el Estado coloque la lupa sobre los padres incumplidores e impida su impunidad. Así se lo exigen la Constitución Nacional, la Convención de los Derechos de l@s Niñ@s y la Cedaw.
La cuota alimentaria es un derecho y su no pago constituye violencia económico-patrimonial (Ley 26.485 de Protección Integral a la Mujer contra las Violencias). Las políticas de subsidios deben ser acompañadas por la voluntad política y judicial de sancionar a los incumplidores alimentarios pues si faltan se invisibiliza al agresor y se garantiza su impunidad. No pagar alimentos a un hij@ es un delito contra la familia que raramente se conoce y que debiera ser tratado como un delito grave, ya que la violencia patrimonial hipoteca el desarrollo de l@s hij@s, genera pobreza y perpetúa la violencia contra las mujeres que han podido separarse de sus agresores.
El patrón de impunidad en el pago de alimentos nos habla de un Estado patriarcal que se resiste a cambiar.”
Este artículo de Claudia, fue publicado por Página 12 en el año 2015, con el título que encabeza la nota. Cuando le consultamos a la profesional sobre su opinión respecto a los “padres incumplidores de cuotas alimentarias”, si es que se los puede llamar padres, nos respondió: “son delincuentes `de guante blanco´, los de clase media y alta, o simplemente `chorros´, los de clases más bajas, pero que también pueden pagar la cuota y eligen no hacerlo”.
Por Claudia Hasanbegovic (*)
* Ph.D. in Social Policy (doctora en Políticas Sociales), School of Social Policy, Sociology and Social Research, University of Kent at Canterbury (UKC) Inglaterra; Master of Arts en Women and Development, Institute of Social Studies, La Haya, Países Bajos; Diploma en Género, Institute Frauen Universität, Hanover, Alemania; Abogada, Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, UNLZ, formada como Investigadora de crímenes sexuales y de género como crímenes internacionales (ONU Mujeres, Institute of International Criminal Investigation, JRR), formada como docente universitaria (UKC), y en Mediación (CPACF). En la Argentina, ejerce la profesión de abogada representado sobrevivientes de violencia de género. Es desde hace 19 años consultora internacional en materia de políticas públicas de igualdad de género y por una vida libre de violencia para las mujeres, habiendo realizado estudios comparativos de Planes Nacionales de lucha contra la violencia de género; estrategias para la Igualdad de Género; sistemas de asistencia a mujeres y niñas víctimas de violencia; etc., con la cooperación internacional (UNFPA, UN Women, AECID, etc) en Cuba, El Salvador, Uruguay, y Argentina. Es asesora ad honorem de legisladoras/es en esta temática, habiendo formado parte de la comisión ad hoc de la sociedad civil que contribuyó a elaborar la reglamentación de la ley 26.485 de “Protección Integral a las Mujeres contra la violencia”. También asesoró a la comisión legislativa que redactó la ley XV No 12 de “Prevención de la Violencia Familiar de Chubut”. Ejerció la docencia universitaria en Inglaterra, en las University of Kent at Canterbury y Sussex University, y de grado, postgrado, y doctorado en UNLZ, Chiapas, Messina-Brasil, UNSAM, UNMar del Plata. Desde 2014 es docente en el postgrado de “Actualización en Género y Derecho”, que dirige la Dra. Diana Maffía, UBA. Investiga y publica en temas relacionados con derechos humanos y género, violencia de género, sociología jurídica, y políticas públicas.